UIT: Unidad Impositiva Tributaria, es el indicador base a partir del cual los diferentes cobros de impuestos, multas y otros son calculados por el estado. El valor de la UIT del año 2009 es de S/. 3 550.00.

Unidades Inmobiliarias: Son los terrenos sin edificar, las edificaciones, los aires o las secciones de cualquiera de ellos que sean factibles de independizar y cuyos derechos sean susceptibles de inscripción en el Registro Público respectivo.

Urbanización: Área de terreno que cuenta con resolución aprobatoria de recepción de las obras de habilitación Urbana.

Uso: Es el derecho real que faculta al beneficiario para utilizar un bien ajeno. Conforme lo prescribe el artículo 1028° del Código Civil, este derecho se extiende a la familia del usuario.

Uso del suelo: Determinación del tipo de actividades que se pueden realizar en las edificaciones que se ejecuten en cada lote según la zonificación asignada a los terrenos urbanos, de acuerdo a su vocación y en función de las necesidades de los habitantes de una ciudad. Puede ser residencial, comercial, industrial o de servicios.

Usufructo: Derecho real en la cual el propietario otorga la facultad de un bien no consumible para que sea usado por otro y este se beneficie de sus frutos por un tiempo determinado. Confiere las facultades de usar y disfrutar temporalmente de un bien ajeno. El usufructo es temporal de modo que no concede al beneficiario mayores derechos que los de usar y disfrutar el bien ajeno.

Usucapión: Modo de adquirir el dominio de una cosa por haber pasado el tiempo prescrito por Ley. Palabra de origen latino, que expresa el concepto de prescripción adquisitiva de dominio, viene de “usus” o posesion y “capere”, adquirir un derecho real por usucapión.

Usurpación: Delito que se comete apoderándose con violencia o intimidación de un inmueble o derecho real ajeno. El que, por violencia, amenaza, engaño o abuso de confianza, despoja a otro, total o parcialmente, de la posesión o tenencia de un inmueble o del ejercicio de un derecho real.