Banco: Institución que brinda servicios financieros basados principalmente en la recepción de dinero en calidad de depósito por parte de sus clientes y el otorgamiento de créditos, así como otras operaciones que le son permitidas por la ley.

Balance: Documento contable que conforman los estados financieros de elaboración periódica, que permiten determinar de modo resumido y de manera ordenada, los saldos de todas las cuentas para establecer el activo, el pasivo y el patrimonio de una persona jurídica, así como las ganancias y pérdidas producidas en un periodo.

Base Imponible: Cifra neta que sirve para aplicar las tasas en el cálculo de un impuesto o tributo.

Beneficio de Excusión: Derecho que asiste al fiador para pedir que el acreedor se dirija en primer término contra los bienes del deudor principal, cuyo embargo y venta judicial debe pedir antes de dirigirse contra el que otorgó la fianza.

Bienes Accesorios: Son los bienes que dependen de otros de su misma naturaleza o están adheridos a ellos.

Bienes Comunes: Aquellos bienes destinados al uso y disfrute de todos los propietarios en un Régimen de Propiedad Exclusiva y Propiedad Común. En el Reglamento de la Ley 27157, Decreto Supremo 008-2000-MTC son: el terreno sobre el cual está construida la edificación, los cimientos, sobrecimientos, columnas, muros exteriores, techos y demás elementos estructurales, también los pasajes, pasadizos, escaleras, portería, ascensores, montacargas, patios, pozos de luz , entre otros sin que pueda atribuirse particularmente a ninguna persona.

Bien de Dominio Privado: Dícese de aquel que pertenece legítimamente a los particulares.

Bien de Dominio Público: Los destinados al uso o servicio público.

Bien Divisible e Indivisible: Esta clasificación apunta a la posibilidad de división material del bien, de manera tal que divisible “son aquellos bienes que sin ser destruidos enteramente pueden ser divididos en porciones reales, cada uno de los cuales forman un todo homogéneo y análogo tanto a las otras partes como al bien mismo”, no dándose tal circunstancia en los bienes indivisibles.

Bienes Gananciales: Son los bienes de propiedad común de los cónyuges por razón del matrimonio y que forman la sociedad legal de gananciales.

Bienes Gravados: Todos aquellos bienes sobre los cuales pesa un derecho real de garantía (hipoteca, prenda).

Bien Inalienable: Es todo bien que no puede enajenarse, como los bienes del estado que son inalienables e imprescriptibles.

Bien Inembargable: Dícese de todo aquel, que por mandato de ley no puede ser embargado.

Bien Inmueble: Son aquellos que no se pueden transportar, tienen una situación fija y no pueden ser desplazados sin ocasionar daños a los mismos, salvo aquellos que la ley señala como inmuebles tales como naves o aeronaves, diques, muelles, pontones, plataforma, edificios flotantes y las concesiones mineras, entre otros.

Bienes Raíces: Término similar al de bienes inmuebles, hace referencia a todos aquellos bienes que no pueden ser trasladados de un lugar a otro, como viviendas, edificios, construcciones, etc.

Buena Fe: Convicción o creencia en que una persona hace o posee alguna cosa con derecho legítimo, de manera lícita y justa. Se presume la buena fe del poseedor, salvo prueba en contrario. La presunción de la buena fe no favorece al poseedor del bien inscrito a nombre de otra persona.